La Ley de Educación Superior 24521/95 prevé en su Art. 7º que las personas mayores de 25 años, que no tengan completos sus estudios de Nivel Secundario, o bien acrediten sus estudios primarios cursados, podrán ingresar, excepcionalmente, a las instituciones de Nivel Superior, siempre que demuestren a través de las evaluaciones que en su caso se establezcan, que tienen preparación y/o experiencia laboral acorde con los estudios que se proponen iniciar, así como aptitudes y conocimientos suficientes para cursarlos satisfactoriamente.
REQUISITOS PARA LOGRAR LA ADMISIÓN (Res. Min. 25/2002)
- Tener 25 (veinticinco) años de edad cumplidos al momento de la inscripción.
 - Poseer estudios secundarios incompletos o primarios cursados.
 - Tener preparación y/o experiencia laboral acorde con la carrera elegida y poseer las aptitudes y conocimientos suficientes.
 
La Res. 128/2002 establece que en el mes de DICIEMBRE ANTERIOR A CADA CICLO LECTIVO, se dé inicio al PROCESO DE ADMISIÓN. Dicho proceso abarca dos etapas:
- ETAPA DE PRE-INSCRIPCIÓN y EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES:
 - ASESORAMIENTO ACADÉMICO para las evaluaciones de competencias básicas. En los espacios de: 
1) Lengua
2) Matemática
3) Ciudadanía y Participación. 

Los contenidos de dichos espacios serán fijados con antelación por la comisión designada.
Todo aspirante a ingresar al Nivel Superior, mediante esta modalidad, DEBERÁ APROBAR DICHA EVALUACIÓN a efectuarse en el MES DE FEBRERO DEL AÑO LECTIVO, previamente al inicio del Seminario de Ingreso a la Carrera  que se postuló.